NUEVO MECANISMO DE COMPRA DE SERVICIOS ATE

Lunes 05 de Marzo, 2018

Estimado Oferente:
En el marco de la implementación de la Ley de Inclusión Escolar (Ley N° 20.845), el Ministerio de Educación, ratificó a los sostenedores que a partir del día 8 de junio de 2016, entró en vigencia la aplicación del artículo 3º, inciso V) de esta norma, que establece que:
“Tratándose de servicios de personas o entidades técnicas pedagógicas, a que se refiere el artículo 30 de la Ley No 20.248, sólo podrán ser contratados si sus servicios se encuentran certificados por el Ministerio de Educación y han sido adjudicados por medio de licitación o concurso público, según corresponda. En caso de concursos públicos, deberán ser publicados, a lo menos, en un diario de circulación regional”.

Al respecto, el Ministerio de Educación, en su rol de orientar, implementar acciones y generar instrumentos que favorezcan las capacidades de gestión técnica y educativa de los sostenedores y equipos directivos de los establecimientos educacionales subvencionados del país, pone a disposición de la comunidad educativa, el documento “Orientaciones para la contratación de Servicios de Asistencia Técnica Educativa (ATE), a través de Concurso Público, en el marco de la Ley de Inclusión”.

Entendemos que esta nueva modalidad de adquisición de recursos educativos, requiere de un proceso de apropiación paulatina de los sostenedores y las ATES, y en este sentido, vamos seguir generando herramientas que faciliten y favorezcan el sentido de la norma y su correcta implementación.

Con la finalidad de que usted o los equipos de trabajo que conforman la ATE, estén informados y revisen las orientaciones, les comunicamos que pueden descargar el documento y sus anexos en el módulo “Contratación de Servicios” del sitio web del Sistema ATE.
Sin otro particular les saluda atentamente,

Registro ATE